“El poder de censura está en el pueblo sobre el gobierno, y no en el gobierno sobre el pueblo”. Lo dijo James Madison hace más de dos siglos, pero incluso hoy, ciertos gobernantes que se precian de honrar la democracia prefieren leer esta máxima al revés. Basta recordar la reacción del gobierno chileno el pasado 4 de agosto frente a la movilización de estudiantes que reclaman el derecho a una educación pública gratuita. Primero negó la autorización para la realización de una marcha por la principal avenida de Santiago. A pesar de la negativa, los estudiantes salieron a protestar. La respuesta fue la disolución del acto a punta de golpes, gases lacrimógenos y de la detención de centenas de manifestantes.
Con menos estruendo, en Colombia se perfiló algo similar, ya no con garrote ni gases, sino con la amenaza de la ley penal. Hace poco más de un mes, el Congreso colombiano aprobó una norma (Código Penal, artículo 353A) que establece una pena de veinticuatro a cuarenta y ocho meses de prisión para aquellos que obstruyan las vías de transporte en el curso de protestas que no hayan sido previamente autorizadas.
Varias razones muestran el talante antidemocrático de esta norma. Primero: sigue al pie de la letra las reglas de estilo del derecho penal autoritario: es indeterminada y ambigua de tal modo que cualquiera que tome parte en un bloqueo puede verse expuesto a un proceso penal. Por ejemplo, se indica que la pena procede cuando con el bloqueo se “atente contra la vida humana, la salud pública, la seguridad alimentaria, el medio ambiente o el derecho al trabajo”. Dada la variedad y amplitud de estos conceptos, así como la tendencia por parte de algunos jueces de hacer un uso extensivo del derecho penal en casos de protesta social, bastaría con que los manifestantes impidan o dificulten que algunas personas lleguen a su sitio de trabajo para que su acto sea criminalizado.
Segundo: la norma fue incluida en la ley de seguridad ciudadana, un estatuto orientado a combatir la criminalidad organizada, el terrorismo y la delincuencia común. Esto refleja que quienes protestan no son vistos como ciudadanos que ejercen sus derechos, sino como delincuentes que atentan contra la seguridad. Peor aún: como enemigos de la sociedad y del Estado.
Tercero: la norma dice que se excluyen las movilizaciones realizadas con permiso de la autoridad competente. Aunque el Código Nacional de Policía dispone que para llevar a cabo una manifestación solo se requiere avisar por escrito con cuarenta y ocho horas de anticipación, la nueva norma da a entender que no basta con dar aviso para no incurrir en el delito, sino que además se tiene que contar con una autorización.
Cuarto: desconoce que en una democracia, la calle, además de ser un espacio para la circulación de personas y bienes, es un escenario para la manifestación política. Por eso no se reconoce el conflicto entre los derechos de quienes usan la calle para circular y de quienes lo hacen para protestar, sino que se asume que solo los primeros tienen derechos que son puestos en riesgo por los segundos. Los primeros son ciudadanos; los segundos, delincuentes.
En un país como el nuestro con grandes déficits de representación política y con una extendida ausencia de garantía de derechos sociales, la protesta social es una forma de reivindicación no solo legítima, sino necesaria. De otra parte, la regulación de las manifestaciones públicas contenida en el Código de Policía da a las autoridades las herramientas suficientes para evitar que los bloqueos afecten los derechos de los demás ciudadanos. Igualmente, el Código Penal, tal como estaba antes, resultaba suficiente para sancionar los actos desmedidos de violencia que se den en el curso de una protesta.
Por esto, acudir al derecho penal para reprimir una forma de protesta es totalmente desmedido. La democracia colombiana no requiere penas contra quienes protesten, sino más ciudadanos en las calles manifestándose a favor de la salud y en contra de la corrupción, más mingas indígenas por el medio ambiente, más movilizaciones estudiantiles por el derecho a la educación. En definitiva, más censura del pueblo sobre el gobierno y menos represión social.
Luz María Sánchez. Investigadora del Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad –DeJuSticia (www.dejusticia.org) Tomado de Semana.com
4 comentarios: on "Cuando protestar es delito"
¬¬ segun la constituciòn del 1991, titulo II; (los derechos, las garantìas y deberes) Capitulo I; Art. 37. "Toda parte del pueblo puede reunirse y manifestarse pública y pacíficamente. (Sólo la ley podrá establecer de manera expresa los casos en los cuales se podrá limitar el ejercicio de este derecho.)" considero que somos estudiantes, somos personas, y estamos en la OBLIGACIÒN de dar a conocer pacificamente una marcha por defender nuestra educaciòn, y segun el mismo art. aclara que solo se puede marchar si la ley establece que se puede marchar,asi que imponen su mando con la norma (Código Penal, artículo 353A) y mi pregunata como "ciudadano, estudiante uis es ¿acaso un ciudadano -estudiante- no puede marchar por defender su formaciòn academica? a mi respuesta considero que si ya que la misma constituciòn, en el mismo titulo II y capitulo I aprueba el Art. 27. "El Estado garantiza las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra." asi ¿porque nos prohibe marchar en contra de la reforma a la ley 30, a la renuncia del rector entre otras? si el Art. 40. Todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político. Para hacer efectivo este derecho puede:
Elegir y ser elegido.
Tomar parte en elecciones, plebiscitos, referendos y consultas populares y otras formas de participación
Constituir partidos, movimientos y agrupaciones políticas sin limitación alguna: formar parte de ellos libremente y difundir sus ideas y programas.
Revocar el mandato de los elegidos en los casos y en la forma que establecen la Constitución y la ley.
Tener iniciativa en las corporaciones públicas.
Interponer acciones públicas en defensa de la Constitución y de la ley.
Acceder al desempeño de funciones y cargos públicos, salvo los colombianos, por nacimiento o por adopción, que tengan doble nacionalidad. La ley reglamentará esta excepción y determinará los casos a los cuales ha de aplicarse.
para terminar que pretende el gobierno que tragemos entero...
Reformas y más reformas a la constitución.---
Quien dijo que la policia no ofrece seguridad? Claro que la ofrece y es para asegurar la permanencia de los criminales que gobiernan y sus clases dominantes.
Pobres policias sus macanas, sus gases, sus armas, sus balas quedaron chiquitas ante el AMENAZANTE joven de 16 años y su ARSENAL MILITAR: Un tarro de aerosol.
!Fueron Provocados!!Fueron Provocados!Gritan y gritaran hasta hartarsen la bola de apostoles defensores de los criminales del pueblo. La furia de los "heroes de la policia" se desatò sobre el cuerpo de un joven de 16 años. Su crimen: pintar muros.
!Es un caso aislado! !Es un caso aislado! Gritan y gritaran hasta hartarsen los altoparlantes medios de des-informaciòn.
!Patrañas!tantos "casos aislados" le han mostrado a la gente para lo que realmente estan educados y preparados los "heroes de las fuerzas militares y de policia"...Ni perdon!, ni olvido!
"La Policía asesinó a mi hijo": madre de joven grafitero
Por: Elespectador.com
La polémica apunta a crecer por cuenta de las extrañas circunstancias que rodearon la muerte de un joven de 16 años.
La polémica apunta a crecer con el paso de las horas por las extrañas circunstancias en las cuales murió Diego Felipe Becerra, un joven de 16 años.
El joven estudiante del colegio de la universidad del Bosque murió en medio de la persecución de las autoridades a una banda delincuencial que había asaltado un bus al norte de Bogotá.
Doña Liliana, la madre del menor, acusó a la Policía de haber asesinado a su hijo en desarrollo de dicho operativo al dispararle por la espalda.
“Realmente para nosotros hay muchas dudas respecto al asesinato porque hay una versión de la Policía pero nosotros tenemos conocimiento del grupo de jóvenes que estaban pintando un grafiti, salieron corriendo cuando vieron la Policía y un agente le disparó por la espalda a mi hijo”, relató doña Liliana en Caracol Radio.
La madre del menor, además, dijo que no tiene ninguna información de parte de la Policía sobre la muerte de su hijo y espera una respuesta oficial.
De momento, la alcaldesa (designada) Clara López Obregón ha preferido no referirse al caso, hasta que no se conozca el informe policial.
!Que esperamos!....Alcemos la frente y miremos las lecciones de Inglaterra, Egipto
"La Policía asesinó a mi hijo": madre de joven grafitero
Por: Elespectador.com
La polémica apunta a crecer por cuenta de las extrañas circunstancias que rodearon la muerte de un joven de 16 años.
La polémica apunta a crecer con el paso de las horas por las extrañas circunstancias en las cuales murió Diego Felipe Becerra, un joven de 16 años.
El joven estudiante del colegio de la universidad del Bosque murió en medio de la persecución de las autoridades a una banda delincuencial que había asaltado un bus al norte de Bogotá.
Doña Liliana, la madre del menor, acusó a la Policía de haber asesinado a su hijo en desarrollo de dicho operativo al dispararle por la espalda.
“Realmente para nosotros hay muchas dudas respecto al asesinato porque hay una versión de la Policía pero nosotros tenemos conocimiento del grupo de jóvenes que estaban pintando un grafiti, salieron corriendo cuando vieron la Policía y un agente le disparó por la espalda a mi hijo”, relató doña Liliana en Caracol Radio.
La madre del menor, además, dijo que no tiene ninguna información de parte de la Policía sobre la muerte de su hijo y espera una respuesta oficial.
De momento, la alcaldesa (designada) Clara López Obregón ha preferido no referirse al caso, hasta que no se conozca el informe policial.
la situacion del mundo no milenio III. Mui dificil. choque de geracoes, de seculos e milenios, ideologias aparte mui conversacion e mui pouca resolucion dos problemas que vao se tornando emblematicas dificies de resolucoes.
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